Calculadora de IVA
Súmalo o quítalo. Con los tipos de 2026 y el error que casi todos cometen.
Recargo de equivalencia
Solo para comerciantes minoristas: su proveedor se lo repercute en la misma factura, además del IVA.
Base imponible
El precio sin impuestos.
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Todo se calcula en tu navegador. Ninguna cifra sale de tu dispositivo, ni siquiera al descargar.
Quitar el IVA no es restar el 21 %
Es el error de cálculo más repetido en facturas y hojas de cálculo, y sale caro porque se comete en cada línea.
Si tienes un precio de 121 € con el IVA incluido, la base no es 121 menos el 21 % de 121, que daría 95,59 €. La base es 121 dividido entre 1,21, que son 100 € exactos. La diferencia es de 4,41 € en cada línea, siempre a la baja.
El motivo es simple: el 21 % se calcula sobre la base, no sobre el total. Para deshacer una multiplicación hay que dividir, no restar. La calculadora te enseña el número que habrías obtenido con el método equivocado, para que puedas comprobar si tus facturas lo llevan mal.
Los tipos de 2026, y las rebajas que ya han caducado
Hay tres tipos vigentes: general del 21 %, reducido del 10 % y superreducido del 4 %.
Y hay bastante información desactualizada circulando, porque los últimos años han tenido rebajas temporales que ya no están vigentes:
Había una cláusula que reactivaba automáticamente el 10 % en agosto si el IPC de la luz o del gas superaba el +15 % interanual. No se activó: en julio de 2026 la electricidad subió un 3,4 % y el gas un 2,1 %.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se quita el IVA de un precio?
Dividiendo entre 1 más el tipo. Con IVA del 21 %, se divide entre 1,21; con el 10 %, entre 1,10; con el 4 %, entre 1,04.
Restar el porcentaje al precio final da un número más bajo y es incorrecto.
¿Qué productos llevan cada tipo?
Al 4 %: pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, legumbres, cereales, aceite de oliva, libros, prensa y medicamentos de uso humano.
Al 10 %: el resto de alimentos, agua, hostelería y restauración, transporte de viajeros, entradas de cine y teatro, peluquería y vivienda nueva.
Al 21 %: todo lo demás.
¿Sigue la luz con el IVA rebajado?
No. La rebaja al 10 % estuvo vigente del 22 de marzo al 31 de mayo de 2026. Desde el 1 de junio la electricidad vuelve a tributar al 21 %, y los carburantes desde el 1 de julio.
¿Qué es el recargo de equivalencia?
Un régimen obligatorio para comerciantes minoristas que sean personas físicas y vendan al consumidor final sin transformar el producto. Su proveedor les repercute el IVA y además un recargo: 5,2 % sobre las operaciones al 21 %, 1,4 % sobre las del 10 % y 0,5 % sobre las del 4 %.
A cambio no presentan el modelo 303 ni deducen el IVA soportado.
¿Y en Canarias, Ceuta y Melilla?
No se aplica IVA. En Canarias rige el IGIC, con seis tipos (0 %, 3 %, 7 % general, 9,5 %, 15 % y 20 %), y en Ceuta y Melilla el IPSI, que fija cada ciudad en su ordenanza anual.
¿Puedo usar esto para hacer una factura?
Para calcular el desglose, sí: la base, la cuota y el total salen correctos y redondeados al céntimo. Pero una factura necesita bastante más —numeración, datos fiscales de ambas partes, fecha, concepto— y eso no lo hace esta herramienta.
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